El Escéptico Digital - Edición 2013 - Número 263
(Noticia publicada originalmente en el Diario el País).
Desde el Té Chino del Dr Ming hasta la carta astral más absurda. Todo tiene cabida en la radio y la televisión y cada vez más. La venta de falsos productos milagro, el esoterismo y las paraciencias llegan a ocupar entre el 20% y el 70% del tiempo de algunas cadenas. El Consejo Audiovisual Andaluz tras la publicación del informe en el que advertía de la vulneración de las condiciones de emisión de estos programas y, según acordó en su momento, lo ha puesto en conocimiento de la Fiscalía.
La utilización de las ondas para el fraude ha sido ampliamente seguida y estudiada por el Consejo Audiovisual, que ya ha advertido de ocupaciones del espacio radioeléctrico por personas o empresas que “intentan eludir el control de las administraciones públicas y el cumplimiento de las normas elementales establecidas para la utilización comercial de un bien público”.
En Andalucía el 55% de las cadenas de TDT que capta el Consejo son ilegales. El 71% de esas emisiones ilegales consistió esencialmente en programas de videncia sin respetar las limitaciones horarias que establece la Ley General de Comunicación Audiovisual.
“Esta conducta no sólo perjudica a los menores de edad, por el contenido de los programas y de la publicidad que emiten, sino que pueden dañar al conjunto de los consumidores y usuarios, especialmente a colectivos vulnerables en cuya credulidad hunde sus raíces el negocio del esoterismo y la paraciencia. Sin duda, también perjudica al sector audiovisual que atraviesa momentos difíciles, como ha puesto ya de manifiesto el Consejo en la denuncia que sobre la ocupación fraudulenta de las frecuencias televisivas de TDT se ha elevado a la Fiscalía”, advierte el CAA en su informe de 2011 sobre estas prácticas en radio.
Añadió el Consejo Audiovisual de Andalucía que no disponer de la información necesaria sobre los responsables y domicilio social de estas emisiones impide la correspondiente incoación de expedientes sancionadores en tanto no se dilucide, con suficientes garantías jurídicas, la responsabilidad editorial de estas emisiones.
Los programas dedicados a juegos de azar y apuestas sólo pueden emitirse entre la una y las cinco de la mañana. Aquellos con contenidos relacionados con el esoterismo y las paraciencias, sólo pueden emitirse entre las 22 y las 7 de la mañana.
Las infracciones de la norma de emisión pueden incluir sanciones de entre 50.001 hasta 100.000 euros para los servicios de comunicación radiofónicas que tienen además responsabilidad subsidiaria sobre los fraudes que se puedan producir a través de estos programas.
Las líneas telefónicas de pago son el medio más común de acceso a las consultas a los programas de videncia. Se ofertan también consultas a tarotistas a través de mensajes de tarificación adicional.
En el último informe sobre estos contenidos se localizaron 62 canales en múltiplex no asignados ocupados por prestadores sin licencia. De ellos, 47 (el 76%) se dedican fundamentalmente a la emisión de contenidos relacionados con el esoterismo y las paraciencias, sin respetar la prohibición legal de emisión entre las 7 y las 22 horas.
URL: http://ccaa.elpais.com/ccaa/2013/01/07/andalucia/1357559414_620716.html