legislación
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Desde que la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) desveló que iba a dar a los productos homeopáticos la categoría de medicamentos, desde ARP - Sociedad por el Avance del Pensamiento Crítico nos pusimos a trabajar enseguida, puesto que la pretensión del organismo no era la de exigir a estas pócimas las mismas garantías que al resto de medicamentos sino, todo lo contrario, saltarse todos los protocolos y darles el mismo estatus que si hubiera pasado todas las fases de investigación y prueba del producto.
La primera acción, el 4 de diciembre de 2013, fue la de escribir a su responsable, Belén Crespo, mostrando nuestra preocupación ante semejante dislate, sobre todo tras unas declaraciones en que afirmaba que en este país hay “falta de cultura homeopática”. Paralelamente, se mandaba una carta a distintos representantes de los grupos políticos en el Congreso y Senado, portavoces y miembros de la comisión de Sanidad exponiendo nuestra preocupación.
Visto que la AEMPS no tenía ninguna intención de cambiar de parecer ni dar explicaciones, y puesto que el resto de representantes políticos - a excepción de honrosas salvedades - no estaban interesados en el tema, ARP-SAPC decidió, por un lado, redactar este dossier y, por otro, participar en el acto de protesta que se llevó a cabo simultáneamente en distintas ciudades españolas bajo el lema #NoSinEvidencia.
- Real Decreto 2208/1994, de 16 de noviembre, por el que se regula los Medicamentos Homeopáticos de uso humano de fabricación industrial (BOE 284/1994 de 28-11-1994, pág. 36299).
- Real Decreto 110/1995, de 27 de enero, por el que se establece normas sobre Medicamentos Homeopáticos Veterinarios (BOE 53/1995 de 03-03-1995, pág. 7409).